El 17 de enero de 2024, la eurocámara aprobó la ley que prohíbe el greenwashing, también conocido como lavado verde o ecolavado.
Esto supone un nuevo reto para el sector de las fragancias y de la cosmética, ya sea natural, tradicional o convencional, vegana o cualquiera de sus combinaciones.
Así que, ¿repasamos la propuesta de directiva 2023/0085 contra el greenwashing? ¡Sigue leyendo!
Eso sí, recuerda que si tienes dudas, en Sigillum sabemos cómo resolverlas.
¿Qué se pretende conseguir con la aprobación de la directiva contra el greenwashing?
A raíz del Pacto Verde Europeo o Green Deal, se quiere capacitar a los consumidores para que tomen decisiones, con conocimiento de causa. Además de fomentar y activar su papel hacia la transición ecológica.
Por este motivo, se redactó la propuesta de directiva 2023/0085 contra el greenwashing, que modifica las Directivas 2005/29/CE y 2011/83/UE, y cuyo objetivo es evitar el uso de falsas alegaciones ambientales.
De esta forma, se empoderará a los consumidores para que contribuyan a dicha transición ecológica, pero con información fiable, comparable y verificable. Y la máxima prioridad, es que lo hagan pudiendo tomar dediciones más sostenibles.
Y así es como la comisión avanza hacia el compromiso de responsabilidad con los desafíos del clima y del medioambiente, y cuya fecha final es el 2050.
¿Cuál ha sido la problemática del greenwashing?
Con el ecolavado, se han producido prácticas engañosas en diversas partes del proceso de consumo. En la publicidad, en la compra y en la utilización de los cosméticos y las fragancias.
Las alegaciones medioambientales, como que un producto o marca tiene un impacto positivo nulo, menos perjudicial o que lo ha mejorado con el tiempo, están poco fundamentadas o no son claras.
Tras un inventario sobre dichas alegaciones, se extrajo la siguiente información:
- El 53,3% de 150 alegaciones evaluadas, ofrecían información vaga, engañosa o infundada.
- Un 40% de estas, no estaban justificadas, ni había forma de ser verificadas.
- El 57,5%, de 344 alegaciones de sostenibilidad, no pudieron proporcionar suficientes pruebas que las fundamentaran.
También se detectó que las etiquetas de sostenibilidad (sellos, distintivos, etc.) de entidades privadas o propias, estaban sujetas a diferentes niveles de solidez, de supervisión y de transparencia. Es más, la mitad de estas, tenían una verificación deficiente o, incluso, carecían de ella.
Por dichos motivos, los consumidores no pueden determinar qué tiene validez y, por lo tanto, no deciden con conocimiento de causa.
Además de promover la igualdad de condiciones, con esta directiva se limitará la proliferación de etiquetas y alegaciones, sobre sostenibilidad medioambiental.
¿Cuáles serán los puntos clave de la directiva contra el greenwashing?
Principalmente, la prohibición de alegaciones ambientales, que no cumplan con un conjunto de criterios mínimos. Así como de etiquetas de sostenibilidad, con un mínimo de transparencia y credibilidad.
Alegaciones genéricas como eco, verde, amigo de la naturaleza, ecológico, respetuoso con el medioambiente o correcto desde el punto de vista medioambiental, por ejemplo, estarán prohibidas.
Para asegurar su cumplimiento, se llevarán a cabio acciones, tan importantes, como:
- Establecer un mecanismo de verificación para las alegaciones, que tengan una base científica (con pruebas reconocidas y conocimientos técnicos avanzados). Serán llevadas a cabo por un organismo oficialmente acreditado, para que sean fiables y veraces. Y, de forma opcional, se podrá obtener el certificado de conformidad, garantizando que dicha alegación no será impugnada.
- Se limitará el uso de puntuaciones sobre impactos medioambientales. Además, tendrán una metodología única, que ofrezca coherencia y comparabilidad.
- Las etiquetas medioambientales cumplirán con los requerimientos establecidos por la UE. Gracias a un sistema de certificación, se evitará que haya diferencias en transparencia, métodos, revisiones, auditorias o verificaciones. Así mismo, quedarán prohibidas aquellas etiquetas de autocertificación.
Puesto que hay muchas etiquetas ambientales, de entidades privadas, solo se permitirán las que ofrezcan un valor añadido a los sistemas establecidos a nivel nacional o regional. Dicho valor añadido deberá demostrarse a través de:
- Una mayor ambición medioambiental de los criterios para conceder la etiqueta.
- Una cobertura mayor de los impactos medioambientales pertinentes.
- Una evaluación más exhaustiva.
Además, siempre que sea necesario, se incluirá información para que los consumidores puedan usar los productos y reducir su impacto en el medioambiente. Así como, información sobre las alegaciones medioambientales. Eso sí, en un formato que tenga en cuenta a las distintas generaciones (físico, enlace a la web, QR o equivalentes).
Y para que haya igualdad de condiciones, las PYMES tendrán acceso a apoyo financiero, financiación, formación, asistencia organizativa y técnica.
¿Qué ocurrirá en caso de sospecha o incumplimiento de dicha directiva?
Que las autoridades de cada territorio de la UE podrán:
- Solicitar información.
- Iniciar investigaciones o procedimientos.
- Exigir medidas correctoras.
- Adoptar medidas cautelares
- Imponer sanciones.
¿Cuándo se deberá cumplir con todos los requisitos?
La propuesta de directiva contra el greenwashing se aprobó el 17 de enero de 2024, por lo que una vez publicada la Directiva, cada estado miembro de la unión europea deberá proceder a su transposición (según sus respectivos ordenamientos jurídicos).
Tal y como se estableció en el artículo 4 del acuerdo provisional, resultado de negociaciones interinstitucionales del 7 de noviembre del 2023, la unión europea (UE) determina un plazo de 24 meses, desde su entrada en vigor.
Durante estos meses, los estados miembros, adoptarán y publicarán las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas, necesarias para cumplirla. Y 30 meses después de su entrada en vigor, las aplicarán.
¿Cómo podemos ayudarte con el cumplimiento de la directiva contra el greenwashing?
Debido a la complejidad de dicha directiva, podemos ayudarte con:
- La revisión de claims para que se adecúen dicha Directiva.
- La creación de indicadores ad-hoc para evaluar la sostenibilidad.
- El cálculo del contenido orgánico, natural, libre de OGM y vegano de los ingredientes
- Y el asesoramiento para:
- Prácticas más eficientes.
- Métodos para justificar los claims medioambientales.
- El nivel de sostenibilidad del packaging
Así que, si lo necesitas, no dudes en contactarnos ¡aquí!